Juan
Herrera Tello (*)
Recientemente la Corte Internacional de
Justicia de La Haya, ha emitido un fallo sobre el diferendo entre Colombia y
Nicaragua. Este fallo ha provocado en Colombia reacciones negativas por no
haber obtenido la totalidad de su pretensión básicamente porque la solución
dada por la Corte significa un detrimento al espacio marítimo que tenían como
posesión con soberanía.
El ex
presidente colombiano Álvaro Uribe opinó a no considerar el fallo, más adelante
el presidente Santos en un mensaje a la nación, manifestó que iba a estudiar la
mejor manera de cómo defender los derechos de los colombianos en los
archipiélagos en disputa. Viendo este asunto desde fuera, creemos que la
posición colombiana ha salido fortalecida porque el territorio insular ha
quedado como parte de su territorialidad, la corte le ha dado la razón a
Colombia y le ha dado a este país la soberanía de todas las islas. Ahora una de
las acciones colombianas ha sido el de denunciar el “Pacto de Bogotá” sobre
solución de controversias lo cual no afecta en lo absoluto el fallo de la Corte
Internacional de Justicia (CIJ), el cual debe ser cumplido.
¿Qué es lo que nos afecta o nos favorece
de todo esto? El caso colombiano – nicaragüense es singular ya que Nicaragua
pretendía desconocer el tratado Esguerra – Bárcenas (1928) donde Colombia
reconoce a Nicaragua la costa de Mosquitos, y Nicaragua reconoce a Colombia los
archipiélagos que ahora se han disputado. Es un tratado de límites perfecto,
pero en 1928 no había un derecho internacional sobre el derecho del mar como lo
conocemos ahora, y tampoco este tratado establece una línea sobre espacios
marítimos, lo que la CIJ ahora a fallado ha solucionado conforme a la
equidistancia, como ha venido realizando sus fallos desde antes que existan
soluciones conforme a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del
Mar.
Lo que se ha confirmado nuevamente, es
que las delimitaciones marítimas se solucionan conforme a la equidad, no porque
estas sean salomónicas, sino porque la justicia y el derecho así lo establecen.
Mientras esto ha pasado en Colombia con
una singular protesta, debemos de comprender que lo mismo nos pasó a nosotros
cuando sometimos al arbitraje del presidente de los Estados Unidos la cuestión
de Tacna y Arica, creyendo que nos iban a devolver sin plebiscito las
provincias en disputa; pero el árbitro falló que debía realizarse la consulta
no obstante el tiempo transcurrido. Al conocerse esto hubo protestas para
desconocer el fallo, pero aún así lo aceptamos y fuimos a la justa internacional
que finalmente no se realizó por la falta de garantías y el estado de terror
que los habitantes peruanos sufrían, esto iba a impedir una votación libre y
justa.
Nuestra historia tan rica en
acontecimientos, y en especial nuestra historia internacional nos muestra como
fieles cumplidores de los pactos que firmamos y honramos con su ejecución a
pesar que estos puedan ser en detrimento de nuestra soberanía, apostamos por la
paz y la concordia. No hay pues antecedente alguno que pueda decir que ninguno
de los acuerdos de límites que el Perú ha suscrito los haya violado, mientras
otros firman y nunca cumplen no obstante dádivas y hasta reconocimientos.
En Chile la situación se puso candente
después de las declaraciones del ex presidente Frei, quien manifestó que
“Acuerdos salomónicos no son convenientes, y eso es bueno que Chile lo haga
saber a todos los niveles internacionales en esta etapa, de lo contrario se van
a poner en duda todos los tratados y todos los acuerdos si no hay un acuerdo a
derecho. Los acuerdos salomónicos en este caso no pueden funcionar ni Chile
puede aceptarlos”.
Antes de decir estas palabras, se dijo
que los ex presidentes habían analizado la historia de las relaciones
internacionales con Perú y de lo que les correspondía a las administraciones
Aylwin, Lagos y Frei; pero un detalle importante, no se encontraba en esta
reunión Michelle Bachelet, la presidenta que tuvo que afrontar durante su
administración el contencioso marítimo con el Perú.
Es en este contexto que debemos entender
al ex presidente Frei, y concordamos con él en que no se deben dar acuerdos
salomónicos sino FALLOS CONFORME AL DERECHO DEL MAR. En primer lugar porque los
acuerdos salomónicos lo otorgaba Salomón, el rey bíblico y en segundo lugar
estamos ante un tribunal arbitral cuyos fallos han sido, son y serán siempre
ajustados a derecho. Hoy la norma general para realizar las delimitaciones
marítimas del mundo, se realizan en conceptos de equidistancia de los mares que
se superponen, esto se debe a que cada país le corresponderle la debida
proporción de acuerdo a la proyección de su territorio.
Es una posibilidad que el ex presidente
Frei al haber estudiado toda la historia diplomática entre Perú y Chile ahora
opte por el concepto de justicia, y conforme a derecho no quiera que haya una
solución injusta como la ocurrida en el arbitraje político de 1922 – 1925 donde
se le dio la razón a Chile -no obstante existir en la época la institución del
abuso del derecho- al pretender realizar una justa electoral internacional, después
de más 35 años de haber sobrepasado el plazo para realizarlo. Mientras que el
arbitraje sobre Tacna y Arica fue un arbitraje político, hoy el arbitraje
sometido ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya es un arbitraje de
derecho, y como tal sus fallos responden a este concepto.
El diplomático chileno José Rodríguez
Elizondo (que gozara de nuestra hospitalidad durante su exilio y que algunos
peruanos, lo aúpan en forma bastante extravagante hasta exaltarlo como amigo
del Perú) en su texto “De Charaña a La Haya”, nos dice tratando de rebatir al
ex canciller peruano Rodríguez Cuadros: “No está escrito que las fronteras
terrestres o marítimas, deban “volverse” equitativas, si lo pide o exige el
Estado que se percibe perjudicado. Tampoco está escrito que, mientras las
fronteras terrestres no responden a una lógica” la delimitación marítima “tiene
que dar como resultado equidad” como cree Manuel Rodríguez Cuadros.” Sería
ideal que “el amigo del Perú” también lea la jurisprudencia internacional para
que no nos asuste con sus desatinados comentarios que en vez de construir, sus
“aportes” sirvan para separarnos más y desinformar a sus nacionales.
El proceso de La Haya es un asunto que
tiene que ver con la naturaleza de los tratados. Mientras el Perú dice que los
acuerdos de 1952 y 1954 son simples pesquerías, Chile manifiesta que son
acuerdos de límites. Esa es la controversia fundamental. Si la corte falla a
favor de la posición chilena entonces se reconocerá el paralelo como límite y
aquellos acuerdos tripartitos serán considerados limítrofes. Pero si se determina
conforme a la tesis peruana entonces se realizará una demarcación marítima
conforme al derecho internacional, a la justicia y a lo que cada nación aspira,
a una paz permanente con seguridad y cooperación mutua.
(*) Abogado,
asesor parlamentario, experto en asuntos internacionales e históricos, cercano
colaborador y discípulo de Alfonso Benavides Correa. jcherrerat@yahoo.com
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