30 dic 2013

De la Declaración Universal de los Derechos Humanos a la democracia marroquí

Juan Álvarez Vita (*)


Visión San Borja se complace en dar la bienvenida, a partir de esta edición, a las
permanentes colaboraciones de tan distinguido intelectual, miembro del Servicio Diplomático,
tenaz defensor de los asuntos ambientales y, especialmente, entrañable amigo con el que comparto comunes ideales sociales. Sus lúcidos aportes serán de invalorable orientación
para nuestros lectores. (El editor)


El 10 de diciembre de 1948 la ONU proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, uno de los documentos más trascendentales para la humanidad pues reconoce que esos derechos se basan en la dignidad que poseemos todos los seres humanos.  Sin embargo, la historia nos enseña  que no es fácil establecer entre los hombres  una relación fluida y fraterna. Más bien hay  grandes diferencias derivadas de tradiciones y circunstancias históricas, culturales, sociales, económicas  y religiosas, que crean diversidades de variada  intensidad conflictiva que afectan el goce de los derechos humanos.
Así, en los últimos tiempos los medios de difusión destacan la llamada primavera árabe como expresión de una lucha violenta a través de la cual se pretende la conquista de la democracia. Poco o nada se dice sobre la evolución pacífica que, desde 1999 se viene dando,   en el campo de los derechos humanos, en Marruecos, país integrante del mundo árabe islámico.
Este proceso,  que  no ha sido fácil debido a la oposición de algunos sectores musulmanes  conservadores, parte de una puesta al día de interpretaciones del Corán y de la tradición más antigua del islam (hadith), que se ha traducido en el Código de Familia y en  la iniciativa del rey de elaborar una nueva Constitución que en 2011 fue  aprobada en referéndum  por más del 97 por ciento de participantes y que  recoge los derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, y los Pactos de Derechos Civiles y Políticos y el de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,  establece la irreversibilidad de los avances logrados y reconoce, a nivel constitucional, la primacía del derecho internacional sobre el derecho interno, lo que ha facilitado retirar las reservas a los tratados de derechos humanos.
Como consecuencia de este proceso, durante las dos últimas décadas, se aprecia el reforzamiento de las instituciones democráticas en el marco de un desarrollo positivo y constante de la observancia y promoción de los derechos humanos en Marruecos en el que confluyen los esfuerzos del rey, de los clérigos islámicos y del pueblo que abrumadoramente respalda esta necesaria puesta al día de antiguas tradiciones.
El Código de Familia y la actual Constitución de Marruecos son los más avanzados del mundo árabe en materia de derechos humanos y podrían servir de inspiración para otros Estados  de la región pues ha quedado demostrado que las dificultades que en algunos países islámicos  presenta la aplicación con efectos civiles de la sharía o ley religiosa,  no son insalvables. Corresponderá a esos países, a través de una cuidadosa exégesis e investigación histórica –como lo ha hecho Marruecos- encontrar las vías adecuadas de solución para cada caso particular, pues el mismo Corán contiene las fuentes de  tolerancia y buena voluntad, imprescindibles para la vigencia de los derechos humanos.
Si consideramos que los libros sagrados de otras religiones también comparten la idea de fraternidad entre los hombres  -más allá de sus creencias o no creencias- que recoge la Declaración Universal de Derechos Humanos, tenemos el derrotero hacia la paz y democracia que todos anhelamos.



(*) Embajador, jurista, ex vicepresidente e integrante del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, escritor, investigador y docente universitario de la Universidad de Lima y de la Academia Diplomática del Perú.

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