Juan
Álvarez Vita (*)
Visión San Borja se complace en dar la
bienvenida, a partir de esta edición, a las
permanentes colaboraciones de tan
distinguido intelectual, miembro del Servicio Diplomático,
tenaz defensor de los asuntos
ambientales y, especialmente, entrañable amigo con el que comparto comunes
ideales sociales. Sus lúcidos aportes serán de invalorable orientación
para nuestros lectores. (El editor)
El 10 de diciembre de 1948 la ONU proclamó la
Declaración Universal de Derechos Humanos, uno de los documentos más
trascendentales para la humanidad pues reconoce que esos derechos se basan en
la dignidad que poseemos todos los seres humanos. Sin embargo, la historia nos enseña que no es fácil establecer entre los
hombres una relación fluida y fraterna.
Más bien hay grandes diferencias
derivadas de tradiciones y circunstancias históricas, culturales, sociales,
económicas y religiosas, que crean
diversidades de variada intensidad
conflictiva que afectan el goce de los derechos humanos.
Así,
en los últimos tiempos los medios de difusión destacan la llamada primavera
árabe como expresión de una lucha violenta a través de la cual se pretende la
conquista de la democracia. Poco o nada se dice sobre la evolución pacífica
que, desde 1999 se viene dando, en el
campo de los derechos humanos, en Marruecos, país integrante del mundo árabe
islámico.
Este proceso, que no ha sido fácil debido a la oposición de
algunos sectores musulmanes
conservadores, parte de una puesta al
día de interpretaciones del Corán y de la tradición más antigua del islam
(hadith), que se ha traducido en el Código de Familia y en la iniciativa del rey de elaborar una nueva
Constitución que en 2011 fue aprobada en
referéndum por más del 97 por ciento de
participantes y que recoge los derechos
reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, y los Pactos de
Derechos Civiles y Políticos y el de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, establece la
irreversibilidad de los avances logrados y reconoce, a nivel constitucional, la
primacía del derecho internacional sobre el derecho interno, lo que ha
facilitado retirar las reservas a los tratados de derechos humanos.
Como
consecuencia de este proceso, durante las dos últimas décadas, se aprecia el
reforzamiento de las instituciones democráticas en el marco de un desarrollo
positivo y constante de la observancia y promoción de los derechos humanos en
Marruecos en el que confluyen los esfuerzos del rey, de los clérigos islámicos
y del pueblo que abrumadoramente respalda esta necesaria puesta al día de
antiguas tradiciones.
El
Código de Familia y la actual Constitución de Marruecos son los más avanzados
del mundo árabe en materia de derechos humanos y podrían servir de inspiración
para otros Estados de la región pues ha
quedado demostrado que las dificultades que en algunos países islámicos presenta la aplicación con efectos civiles de
la sharía o ley religiosa, no son insalvables. Corresponderá a esos
países, a través de una cuidadosa exégesis e investigación histórica –como lo
ha hecho Marruecos- encontrar las vías adecuadas de solución para cada caso
particular, pues el mismo Corán contiene las fuentes de tolerancia y buena voluntad, imprescindibles
para la vigencia de los derechos humanos.
Si
consideramos que los libros sagrados de otras religiones también comparten la
idea de fraternidad entre los hombres
-más allá de sus creencias o no creencias- que recoge la Declaración
Universal de Derechos Humanos, tenemos el derrotero hacia la paz y democracia
que todos anhelamos.
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